CERTIFICADOS Y CONSTANCIAS
Documento de carácter probatorio, público o privado, que asegura la veracidad y la legalidad de un hecho o un acto solemne (acontecimiento acompañado de formalidades necesarias para la validez de un acto judicial, ceremonial, juramento o norma).
LA CERTIFICACIÓN
La certificación es un documento oficial en la cual se confirma alguna
información. Su contenido sirve como prueba en casos judiciales o de
investigación. Es un documento escrito a través del cual se expresa hechos,
méritos o derechos de alguien, por conocimiento pleno de quien certifica. Está
vinculada estrictamente a la ética profesional y personal.
Este documento puede denominarlo certificación o certificado. Cabe
indicar que esta comunicación no lleva saludo ni despedida.
Clases
La certificación se clasifica tomando en cuenta su origen o destino, en
pública o privada.
Por la forma; en verbal o escrita.
Verbal
Toma este nombre cuando la certificación se la extiende por pedido
expreso, a viva voz del peticionario; por esta razón el texto iniciara así:
A petición verbal del interesado:
Escrita
Es aquella que se respalda en una solicitud; el peticionario la pide no
forma verbal, sino a través de un documento, por esta razón el texto iniciará
de la siguiente manera:
A petición escrita del interesado:
En el concepto se mencionan tres aspectos que merecen explicación:
Hechos
El término hace referencia a realidades presentes de la persona a quien
se extiende la certificación (trabajo)
Méritos
Son aquellos aspectos que se identifican con realidades actuales o
pasadas y que tienen relación de valor, por merecimientos de una persona en
situaciones diferentes como: trabajo, honorabilidad, conducta, desempeño
social, deportivo, cultural, académico, administrativo, heroico, entre otros
Derechos
Se refiere a todo el aspecto que por ley o reglamentos tiene una
persona, por ejemplo: estudio, estado civil, nombramientos, seminarios,
asensos, instrucción, entre otros.
Usos
Además puede utilizarse en las siguientes situaciones:
·
Para confirmar que una persona es miembro de una institución u
organización
·
Para informar la contribución económica a una organización
·
Para reclamar la aportación económica para el sustento de una persona
·
Certificar o dar fe del pago de dinero
·
Para confirmar cualquier información o dato verídico
Partes de la Certificación
1.
Encabezamiento
2.
Texto o cuerpo
3.
Lugar y fecha
4.
Firma
5.
Nombre
6.
Función administrativa
7.
Sello
Clasificación según el tipo de
identidad
Según este criterio podemos
clasificar los certificados electrónicos fundamentalmente en dos:
·
Certificados de Persona
Física. Son los que incorporan la identidad de un sujeto físico o
ciudadano. Está orientado a ciudadanos (es decir, a terceros físicos) y están
fundamentalmente pensados para trámites personales aunque, en determinadas
circunstancias, pueden ser usados en el ámbito profesional.
·
Certificados de Persona
Jurídica. Incorporan una identidad jurídica. Su uso está pensado para todo
tipo de organizaciones, ya sean empresas, administraciones u otro tipo de
organizaciones, todas ellas con una identidad de tipo jurídico.
·
Certificados de entidad
sin personalidad jurídica. Vinculan a su suscriptor unos datos de
verificación de firma y confirma su identidad para ser utilizados únicamente en
las comunicaciones y transmisiones de datos por medios electrónicos,
informáticos y telemáticos en el ámbito tributario.
Clasificación según el ámbito de
aplicación
Según este criterio encontramos
múltiples Certificados, que son algunos de los que ofrecen los distintos
proveedores de servicios de certificación:
·
Certificado de servidor
·
Certificado de pertenencia a
empresa
·
Certificado de representante
·
Certificado de apoderado
·
Certificado de sello de empresa
·
Certificado de Factura
Electrónica
·
Certificado de Colegiado
·
Etc.
Certificados software y
certificados hardware
Según este criterio, podemos
clasificar los certificados electrónicos en dos categorías:
·
Certificados
software
Un Certificado electrónico es un
documento digital que se puede guardar en una memoria USB, en un ordenador (en
el almacén de certificados) o en el disco duro. A ese Certificado se le conoce
como certificado software.
·
Certificados
hardware
Un certificado también puede
estar almacenado en una tarjeta criptográfica, que es una tarjeta
que incorpora un chip electrónico. Un ejemplo claro de una tarjeta
criptográfica es el DNI electrónico. En estas tarjetas es
posible almacenar uno o varios certificados electrónicos, lo que se conoce como
certificado hardware.
Certificados de la Ley 11/2007
La Ley 11/2007 de Acceso
Electrónico de los Ciudadanos a los Servicios Públicos en su capítulo II
establece las formas de identificación y autenticación que pueden ser usadas
para la identificación de la Administración y de la actuación administrativa.
Ver Identidad Digital para obtener más
información sobre los conceptos de identificación y autenticación.
De esos apartados de la Ley y de
su reglamento de desarrollo, se derivan los siguientes certificados
electrónicos.
·
Certificado
de Sede Electrónica
El certificado de Sede es un certificado
de Servidor que identifica y autentifica al servidor como Sede
Electrónica de una Administración Pública.
Las sedes electrónicas, cuando
sea necesario, dispondrán de sistemas que permiten el establecimiento
de comunicaciones seguras. Además, utilizarán sistemas de firma basados en
certificados de dispositivo seguro o medio equivalen tepara identificarse y
mantener una comunicación segura.
·
Certificado
de Sello Electrónico
Según la Ley, es el certificado
usado para la identificación y la autenticación del ejercicio de la
competencia en la actuación administrativa automatizada.
Esto quiere decir que el Sello
Electrónico es el que debe usarse para todos los trámites
administrativos que se realizan por medios telemáticos, tanto para la
identificación de los servidores y la firma de los documentos electrónicos,
como para el establecimiento de comunicaciones seguras entre máquinas
·
Certificado
de Empleado Público
Son los certificados que cada
Administración Pública puede proveer a su personal para la identificación y
autenticación del ejercicio de la competencia de la Administración Pública.
Identifican de forma conjunta al
titular del puesto de trabajo o cargo, y a la Administración u órgano en la que
presta sus servicios.
¿QUÉ ES UNA
CONSTANCIA?
¿ En qué consiste?
¿ Qué es lo que puedo hacer?
¿Dónde tengo que ir?
¿ Qué debo llevar?
No olvide qué:
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¿ EN QUÉ CONSISTE?
La constancia es un registro escrito que se toma a los trabajadores y
también a los empleadores que consideran afectados sus derechos por
incumplimiento a la normativa laboral, sin que ello se traduzca en una visita
de fiscalización o reclamo.
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¿ QUÉ ES LO QUE
PUEDO HACER?
El trabajador, dirigente sindical o empleador que estima afectado sus
derechos, puede dejar constancia escrita de dicha situación.
Ejemplo: malos tratos (tratamiento grosero al trabajador, trato violento reiterado), posible acoso sexual, despidos verbales etc.
Ejemplo: malos tratos (tratamiento grosero al trabajador, trato violento reiterado), posible acoso sexual, despidos verbales etc.
Cabe advertir que el trámite de la constancia no permite dar por
establecido los hechos en que se funda, sino sólo dar cuenta de la ocurrencia
de los mismos. La constancia para que tenga efecto legal debiera acompañarse de
una denuncia posterior en aquellos casos en que el trabajador o el afectado así
lo estimara.
Los empleadores como se señaló, pueden dejar constancias escritas de
incumplimiento laboral por parte del trabajador, sin que esto se traduzca en
una visita de fiscalización.
Ejemplo: atrasos reiterados, ausentismo laboral intermitente, negativa a
firmar el contrato de trabajo, etc.
¿DÓNDE TENGO QUE
IR?
A la Unidad de Atención de Público de la Inspección del Trabajo de la
jurisdicción en la que se encuentra ubicada la empresa y registrar por escrito
su constancia.
Estas constancias pueden también ser presentadas por escrito en la Oficina de Parte de la misma Inspección.
Estas constancias pueden también ser presentadas por escrito en la Oficina de Parte de la misma Inspección.
¿ QUÉ DEBO LLEVAR?
Se requiere llevar :
Carnet de Identidad
Contrato de Trabajo (de preferencia)
Otro documento que aporte información de la empresa respectiva
NO OLVIDE QUÉ:
La constancia podría servir como antecedente frente a una posible acción
judicial.
Una constancia es un documento en el que se
hace constar algún hecho, en ocasiones de modo auténtico o fehaciente. Existen
diversos tipos, según qué clase de hecho constaten, el formato, quién lo
constata, entre otros.
·
Un recibo o constancia
de pago: sirve para constatar que se ha pagado por un servicio o producto.
Según su formato puede ser una factura, una boleta, un ticket u
otro.
· Una constancia de alumno
regular: sirve para constatar que una persona es un alumno o estudiante regular
de una institución educacional, es decir que asiste regularmente a clases y
está debidamente registrado.
Las constancias se entienden como un documento escrito mediante el
cual se deja asentado, de manera expresa y fehaciente, la opción y efecto de un
hecho.
Partes de una constancia:
Partes de una constancia:
·
Membrete: generalmente viene
impreso en el papel. Ocupa la parte más alta del documento, usualmente en el
ángulo superior izquierdo.
·
Titulo del documento: se refiere
expresamente a la palabra constancia, la cual se escribirá en letra mayúsculas
y debidamente centrada a unos 5 espacios del membrete.
·
Texto: es el escrito de datos importantes,
que narran la acción o efecto de un hecho realizado por la persona ejecutora.
·
Lugar y fecha: en esta parte se
escribe nombre de la localidad donde se expide la constancia y a continuación
la fecha escrita en letras.
·
La firma: comprende el nombre con
apellido y cargo que ocupa la persona que suscribe el documento.
·
El sello: impresión que se
estampa en el documento para darle au
Ejemplo:
UNIVERSIDAD DE COMERCIO MEXICANO
A quien corresponda:
El que suscribe, Director de esta institucion, hace CONSTAR:
Que Alejando Vega Ortega alumno regular de este Plantel, inscrito en el 2º semestre, turno vespertino , matrícula 021129, durante el periodo escolar comprendido del 1 de agosto del 2008 hasta el 4 de diciembre del 2008, se encuentra cursando actualmente la licenciatura en Administración y comercio impartida por este plantel educativo.
Para los fines que a el interesado convengan, se extiende la presente el dia 2 de marzo del 2009.
Atentamente
El que suscribe, Director de esta institucion, hace CONSTAR:
Que Alejando Vega Ortega alumno regular de este Plantel, inscrito en el 2º semestre, turno vespertino , matrícula 021129, durante el periodo escolar comprendido del 1 de agosto del 2008 hasta el 4 de diciembre del 2008, se encuentra cursando actualmente la licenciatura en Administración y comercio impartida por este plantel educativo.
Para los fines que a el interesado convengan, se extiende la presente el dia 2 de marzo del 2009.
Atentamente
Ma. Concepción Velazco R.
Directora académica
PRESENTADO POR:
CARDENAS QUINTERO JULIANA
CAICEDO LENIS NICOLE DAYHANA
MOLINA CEBALLOS TATIANA
RUIZ MURILLO JEAN CARLOS
SILVA JOYA LUIZA MARIA